ESTATUTOS

 Capítulo I: FINALIDAD 

 Artículo 1:                Objetivos de la Comunión

 1.    Contribuir a la Unidad de la Iglesia de Jesucristo.

 2.    Velar y cuidar la Apostolicidad y la Catolicidad en la Comunión.

 3.    Fomentar el respeto a la pluralidad de organización, teologías, sacramentalidad y liturgias de las Iglesias Locales.

 4.    Favorecer el intercambio de experiencias tendientes al fortalecimiento de las Iglesias Miembro.

 5.    Garantizar el reconocimiento de las órdenes y ministerios establecidos por las Iglesias Miembro.

 

 Capítulo II: ORGANIZACIÓN

 Artículo 2:                Sínodo

 1. La Comunión se rige por un Sínodo Anual donde participan las autoridades de las Iglesias Miembro, de cada Iglesia se delegará un representante con derecho a voz y voto, pudiendo asistir otros miembros de cada Iglesia con derecho a voz y no a voto.

 2. En otras ocasiones, se pueden realizar sínodos extraordinarios cada vez que sea necesario y haya representación de la mayoría de las Iglesias Miembro; se considera los 3/5 de las Iglesias Miembro como mayoría.

 3. Un Sínodo se puede realizar de forma virtual.

  

Artículo 3:                Funciones de la Coordinación

 1. Los representantes de las Iglesias Miembro se constituyen en la Coordinación, estos representantes irán rotando cada año en la función del Coordinador/a y en las demás secretarías que se crean pertinentes para ese año de servicio; la nominación de la coordinación se realizará los primeros días del mes de enero en una reunión virtual con todos los representantes de las Iglesias Miembro.

 

2. La Coordinación tiene la misión de vigilar el cumplimiento de la finalidad de nuestra Comunión de Iglesias y la tarea de convocar al Sínodo Anual y los demás Sínodos extraordinarios que se realicen en nombre de la CITCA.

 

3. El coordinador/a tiene la tarea de organizar y moderar los sínodos y reuniones que se realicen durante su año de servicio, además es quién representa a la Comunión ante las diversas instancias que se requiera, aunque siempre manteniendo la buena comunicación con los demás miembros de nuestra CITCA; se puede ser coordinador/a al año siguiente de la entrada a la Coordinación de Iglesias, teniendo en cuenta la fecha más antigua de la carta de solicitud de ingreso a nuestra Comunión.

 

4. Las secretarías tienen como tarea las enunciadas en los artículos respectivos de estos estatutos y la misión encomendada por la Coordinación de la CITCA, conforme a su creación, para cada año de servicio. 

 

 

Capítulo III: INCORPORACIÓN DE LAS IGLESIAS A LA COMUNIÓN

 Artículo 4:                Sobre las Iglesias Miembro

 

·         Es aquella que finalizó el proceso descrito en el siguiente artículo del presente Estatuto, debe participar activamente de los Sínodos, y de las demás actividades organizadas por la Coordinación de la Comunión y las secretarías para cada año de servicio.

  

Artículo 5:                Procedimiento para la incorporación a la Comunión

 1. Presentación de la carta solicitud firmada por la máxima autoridad de la Iglesia solicitante, fundamentando la motivación de su ingreso, el compromiso del cumplimiento de los Estatutos de la Comunión de Iglesias de Tradición Católica y la nominación del representante ante la Coordinación de la CITCA.

 

2. Presentación de estatuto, documento constitutivo u otro documento que avale fehacientemente su finalidad y objetivos, y que en ellos se exprese la apostolicidad y la catolicidad.

 

3. Presentar una breve historia de su Iglesia, dando cuenta de sus comunidades cristianas y ministros que existen en la actualidad.

 

4. Presentar currículum eclesiástico de la máxima autoridad eclesial y del representante de la Iglesia que solicita ingreso y que será el delegado ante la CITCA. 

 

5. Esta presentación de documentación debe realizarse a un miembro de la Coordinación de la CITCA, él que reciba toda la documentación debe presentar un informe al conjunto de todos representantes de las Iglesias Miembro, los cuales votarán en la forma que corresponda, a través de una reunión virtual, esto dentro del plazo de quince días de entregada toda la documentación a la CITCA, para aprobar el ingreso de la Iglesia postulante se requiere la mayoría de los 3/5 de las Iglesias Miembro.

 

6. En el caso del reingreso de una Iglesia que haya sido Iglesia Miembro solamente debe enviar una carta de solicitud a la coordinación de la CITCA, como se señala en el numeral 1 de este mismo artículo; y debe ser aprobado por la mayoría de los 2/3 de las Iglesias Miembro.

 

 Capítulo IV: DESACUERDOS, SANCIONES, EXPULSIONES Y/O RENUNCIAS

 Artículo 6:                Procedimiento ante desacuerdos

 ·         En caso de desacuerdos entre miembros de la Comunión, se resolverán en el Espíritu de la corrección y comunión fraterna, entre los involucrados en una primera instancia; de persistir el desacuerdo se realizará una segunda instancia, la que se realizará en el Sínodo más próximo o en una reunión de la Coordinación.

 

 Artículo 7:                Procedimiento para el caso de sanciones

 ·         En caso de que alguna Iglesia miembro realizara acciones en contra de la finalidad de nuestra comunión expresado en el artículo primero, la Coordinación tendrá la función de llamar a la conversión de forma verbal; en segunda instancia de forma escrita con copia a los demás autoridades de las Iglesias miembros; y en tercera instancia en un Sínodo, lo cual aplicará una sanción de suspensión, que implica quitarle la voz y el voto en los siguientes Sínodos hasta que la sanción sea levantada, siempre que los 3/5 este de acuerdo, de los presentes en dicho sínodo ordinario o extraordinario.

 

 Artículo 8:                Procedimiento para la expulsión

 ·         Cuando la falta fuere de tal gravedad que ameritare la expulsión, por sanciones reiteradas, como lo señala el artículo anterior, se puede expulsar a una Iglesia de la Comunión, siempre que lo apruebe los 3/5 de las Iglesias miembro que pertenezcan en ese momento a la CITCA.

 

 Artículo 9:                Procedimiento para la renuncia

 ·         Para la renuncia de una Iglesia Miembro, se debe enviar una carta formal de renuncia por parte de la autoridad máxima de la Iglesia a la Coordinación de la CITCA.

 

 Capítulo V: TEOLOGÍA

 Artículo 10:                          Autonomía

 ·         Las Iglesias miembro mantienen sus tradiciones teológicas. El ingreso a la comunión no quita ni agrega a la tradición teológica de cada Iglesia Miembro.

  

Artículo 11:                          Intercambios

 ·         En la Coordinación de la CITCA existirá una Secretaría de Teología que organizará diversas instancias de intercambio para el enriquecimiento de sus miembros, se mantendrá un Foro de Teología, por medio del grupo de Facebook; además se podrán crear otras instancias, con aprobación de la Coordinación, como cursos o talleres que ayuden a la formación teológica de los integrantes que pertenecen a las Iglesias Miembro.

  

Capítulo VI: LITURGIA

 Artículo 12:              Definición

 ·         Definimos Liturgia de la siguiente manera: “Toda expresión de crecimiento en la FE para la comunidad eclesial”. Recordamos que las Iglesias miembro mantienen sus tradiciones litúrgicas, por lo tanto, el ingreso a la comunión no quita ni agrega a las prácticas litúrgicas de cada Iglesia Miembro.

 

 Artículo 13:              Intercambios

 1. En la Coordinación de la CITCA existirá una Secretaria de Liturgia, que tendrá como misión la de implementar y fortalecer los acuerdos sobre la Liturgia que emanen de las Actas Sinodales; y realizar las tareas o actividades encomendadas en cada año de servicio por la Coordinación.

 

2. En nuestra Comunión de Iglesias tenemos las siguientes festividades litúrgicas: El segundo domingo del Tiempo Común se celebrará el día de la Comunión; el 8 de Marzo: Día Internacional de las Mujeres; el 25 de Marzo: Día de la Encarnación del Señor; el 1 de Mayo: Día de las Trabajadoras y Trabajadores;  el 17 de mayo: Día Internacional en contra la LGBTIfobia; el 6 de Junio: Día del Medio Ambiente; el 24 de Junio: Día de los Pueblos Originarios; el 28 de Junio: Día de la Diversidad Sexual y de Género; el 22 de Julio: Día de las Ministras; el 31 de Agosto: Día Internacional de la Solidaridad; el 8 de Septiembre: Día de María, Virgen y Madre; el 12 de Octubre: Día de la Diversidad de Razas y Culturas; el 1 de noviembre: Día de todas las Santas y Santos; el 3 de noviembre: Día de los Ministros; el 1 de Diciembre: Día Internacional del Lucha contra el VIH SIDA, y el 10 de Diciembre: Día Internacional de los Derechos Humanos.

 

  Capítulo VII: SACRAMENTALIDAD

 Artículo 14:                          Expresión de nuestra Comunión

 1. Celebramos los siete sacramentos y definimos un Sacramento como: “Símbolo eficaz que manifiesta la vida divina”. La Comunión de Iglesias reconoce legítimos y válidos los sacramentos celebrados internamente en cada Iglesia Miembro.

 

2. La CITCA tiene su propio rito para la Celebración del Sacramento de la Eucaristía, para celebrar las festividades de nuestra Comunión y en los encuentros oficiales de la CITCA, que consta de los siguientes pasos: CREDO APOSTÓLICO, Celebración de la Palabra (centrada en el NT), Celebración de la Reconciliación y saludo fraterno, Reflexión, Presentación del Pan y el Vino, Imposición de manos y Epíclesis, Consagración (Lectura de la primera carta de los Corintios 11, 23-26), Comunión, Padre nuestro, y Bendición - Envío.

 

 Capítulo VIII: SOBRE LA INCORPORACIÓN DE UN MINISTRO O MINISTRA CONSAGRADOS ENTRE IGLESIAS MIEMBRO

 

Artículo 15:                          Sobre la incorporación

 ·         Cualquier Iglesia Miembro ante la petición de incorporar a un ministro consagrado o una ministra consagrada, debe pedir carta de la Iglesia saliente, y la carta de petición con el motivo por cual se retira y el motivo porqué se quiere incorporar a otra Iglesia Miembro de la comunión.

  

Capítulo IX: ASPECTOS NO CONTEMPLADOS EN ESTE ACUERDO

 

Artículo 16:                                      Sobre lo no legislado

 ·         Todos los aspectos vinculados a la Comunión y que no estén contemplados en estos estatutos, serán presentados a la Coordinación de la CITCA para ser tratados en un sínodo.

 

 Artículo 17:                                     Reforma del Estatuto

 ·         Todo agregado o modificación a este Estatuto deberá ser aprobado por los 2/3 de las Iglesias Miembro, presentes en el Sínodo que se trate este tema.

 

 Artículo 18:                                     Sistema de votación

 ·         Cada Iglesia que pertenece a Comunión tiene derecho a un voto, para cualquier otra votación de la Coordinación de la CITCA, se considera mayoría los 3/5 de las Iglesias Miembro.


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