Capítulo I:
FINALIDAD
Artículo 1: Objetivos de la Comunión
1. Contribuir a
la Unidad de la Iglesia de Jesucristo.
2. Velar y
cuidar la Apostolicidad y la Catolicidad en la Comunión.
3.
Fomentar el respeto a la pluralidad de organización,
teologías, sacramentalidad y liturgias de las Iglesias Locales.
4.
Favorecer el intercambio de experiencias tendientes al
fortalecimiento de las Iglesias Miembro.
5. Garantizar
el reconocimiento de las órdenes y ministerios establecidos por las Iglesias
Miembro.
Capítulo II:
ORGANIZACIÓN
Artículo 2: Sínodo
1. La Comunión se rige por un Sínodo Anual donde participan las autoridades
de las Iglesias Miembro, de cada Iglesia se delegará un representante con
derecho a voz y voto, pudiendo asistir otros miembros de cada Iglesia con
derecho a voz y no a voto.
2. En otras ocasiones, se pueden realizar sínodos extraordinarios cada vez
que sea necesario y haya representación de la mayoría de las Iglesias Miembro;
se considera los 3/5 de las Iglesias Miembro como mayoría.
3. Un Sínodo se puede realizar de forma virtual.
Artículo 3: Funciones de la Coordinación
1. Los representantes de las Iglesias Miembro se
constituyen en la Coordinación, estos representantes irán rotando cada año en la
función del Coordinador/a y en las demás secretarías que se crean pertinentes
para ese año de servicio; la nominación de la coordinación se realizará los
primeros días del mes de enero en una reunión virtual con todos los
representantes de las Iglesias Miembro.
2. La Coordinación tiene la misión de vigilar el
cumplimiento de la finalidad de nuestra Comunión de Iglesias y la tarea de
convocar al Sínodo Anual y los demás Sínodos extraordinarios que se realicen en
nombre de la CITCA.
3. El coordinador/a tiene la tarea de organizar y moderar
los sínodos y reuniones que se realicen durante su año de servicio, además es quién
representa a la Comunión ante las diversas instancias que se requiera, aunque siempre
manteniendo la buena comunicación con los demás miembros de nuestra CITCA; se
puede ser coordinador/a al año siguiente de la entrada a la Coordinación de
Iglesias, teniendo en cuenta la fecha más antigua de la carta de solicitud de
ingreso a nuestra Comunión.
4. Las secretarías tienen como tarea las enunciadas en
los artículos respectivos de estos estatutos y la misión encomendada por la
Coordinación de la CITCA, conforme a su creación, para cada año de
servicio.
Capítulo
III: INCORPORACIÓN DE LAS IGLESIAS A LA COMUNIÓN
Artículo
4: Sobre las Iglesias
Miembro
·
Es aquella que finalizó el proceso descrito
en el siguiente artículo del presente Estatuto, debe participar activamente de
los Sínodos, y de las demás actividades organizadas por la Coordinación de la
Comunión y las secretarías para cada año de servicio.
Artículo
5: Procedimiento para la
incorporación a la Comunión
1. Presentación de la carta solicitud firmada por la
máxima autoridad de la Iglesia solicitante, fundamentando la motivación de su
ingreso, el compromiso del cumplimiento de los Estatutos de la Comunión de
Iglesias de Tradición Católica y la nominación del representante ante la
Coordinación de la CITCA.
2. Presentación de estatuto, documento constitutivo u
otro documento que avale fehacientemente su finalidad y objetivos, y que en
ellos se exprese la apostolicidad y la catolicidad.
3. Presentar una breve historia de su Iglesia, dando
cuenta de sus comunidades cristianas y ministros que existen en la actualidad.
4. Presentar currículum eclesiástico de la máxima
autoridad eclesial y del representante de la Iglesia que solicita ingreso y que
será el delegado ante la CITCA.
5. Esta presentación de documentación debe realizarse a
un miembro de la Coordinación de la CITCA, él que reciba toda la documentación
debe presentar un informe al conjunto de todos representantes de las Iglesias Miembro,
los cuales votarán en la forma que corresponda, a través de una reunión virtual,
esto dentro del plazo de quince días de entregada toda la documentación a la
CITCA, para aprobar el ingreso de la Iglesia postulante se requiere la mayoría
de los 3/5 de las Iglesias Miembro.
6. En el caso del reingreso de una Iglesia que haya sido
Iglesia Miembro solamente debe enviar una carta de solicitud a la coordinación
de la CITCA, como se señala en el numeral 1 de este mismo artículo; y debe ser
aprobado por la mayoría de los 2/3 de las Iglesias Miembro.
Capítulo
IV: DESACUERDOS, SANCIONES, EXPULSIONES Y/O RENUNCIAS
Artículo
6: Procedimiento ante
desacuerdos
·
En caso de desacuerdos entre miembros de la
Comunión, se resolverán en el Espíritu de la corrección y comunión fraterna,
entre los involucrados en una primera instancia; de persistir el desacuerdo se
realizará una segunda instancia, la que se realizará en el Sínodo más próximo o
en una reunión de la Coordinación.
Artículo 7: Procedimiento para el caso de
sanciones
·
En caso de que alguna Iglesia miembro
realizara acciones en contra de la finalidad de nuestra comunión expresado en
el artículo primero, la Coordinación tendrá la función de llamar a la
conversión de forma verbal; en segunda instancia de forma escrita con copia a
los demás autoridades de las Iglesias miembros; y en tercera instancia en un
Sínodo, lo cual aplicará una sanción de suspensión, que implica quitarle la voz
y el voto en los siguientes Sínodos hasta que la sanción sea levantada, siempre
que los 3/5 este de acuerdo, de los presentes en dicho sínodo ordinario o
extraordinario.
Artículo 8: Procedimiento para la expulsión
·
Cuando la falta fuere de tal gravedad que
ameritare la expulsión, por sanciones reiteradas, como lo señala el artículo
anterior, se puede expulsar a una Iglesia de la Comunión, siempre que lo
apruebe los 3/5 de las Iglesias miembro que pertenezcan en ese momento a la CITCA.
Artículo 9: Procedimiento para la renuncia
·
Para la renuncia de una Iglesia Miembro, se
debe enviar una carta formal de renuncia por parte de la autoridad máxima de la
Iglesia a la Coordinación de la CITCA.
Capítulo
V: TEOLOGÍA
Artículo
10: Autonomía
·
Las Iglesias miembro mantienen sus
tradiciones teológicas. El ingreso a la comunión no quita ni agrega a la tradición
teológica de cada Iglesia Miembro.
Artículo
11: Intercambios
·
En la Coordinación de la CITCA existirá una
Secretaría de Teología que organizará diversas instancias de intercambio para
el enriquecimiento de sus miembros, se mantendrá un Foro de Teología, por medio
del grupo de Facebook; además se podrán crear otras instancias, con aprobación
de la Coordinación, como cursos o talleres que ayuden a la formación teológica
de los integrantes que pertenecen a las Iglesias Miembro.
Capítulo
VI: LITURGIA
Artículo
12: Definición
·
Definimos Liturgia de la siguiente manera:
“Toda expresión de crecimiento en la FE para la comunidad eclesial”. Recordamos
que las Iglesias miembro mantienen sus tradiciones litúrgicas, por lo tanto, el
ingreso a la comunión no quita ni agrega a las prácticas litúrgicas de cada
Iglesia Miembro.
Artículo
13: Intercambios
1. En la Coordinación de la CITCA existirá una Secretaria
de Liturgia, que tendrá como misión la de implementar y fortalecer los acuerdos
sobre la Liturgia que emanen de las Actas Sinodales; y realizar las tareas o
actividades encomendadas en cada año de servicio por la Coordinación.
2. En nuestra Comunión de Iglesias tenemos las siguientes
festividades litúrgicas: El segundo domingo del Tiempo Común se celebrará el
día de la Comunión; el 8 de Marzo: Día Internacional de las Mujeres; el 25 de
Marzo: Día de la Encarnación del Señor; el 1 de Mayo: Día de las Trabajadoras y
Trabajadores; el 17 de mayo: Día
Internacional en contra la LGBTIfobia; el 6 de Junio: Día del Medio Ambiente;
el 24 de Junio: Día de los Pueblos Originarios; el 28 de Junio: Día de la Diversidad
Sexual y de Género; el 22 de Julio: Día de las Ministras; el 31 de Agosto: Día
Internacional de la Solidaridad; el 8 de Septiembre: Día de María, Virgen y
Madre; el 12 de Octubre: Día de la Diversidad de Razas y Culturas; el 1 de
noviembre: Día de todas las Santas y Santos; el 3 de noviembre: Día de los
Ministros; el 1 de Diciembre: Día Internacional del Lucha contra el VIH SIDA, y
el 10 de Diciembre: Día Internacional de los Derechos Humanos.
Capítulo
VII: SACRAMENTALIDAD
Artículo
14: Expresión de
nuestra Comunión
1. Celebramos los siete sacramentos y definimos un
Sacramento como: “Símbolo eficaz que manifiesta la vida divina”. La Comunión de
Iglesias reconoce legítimos y válidos los sacramentos celebrados internamente
en cada Iglesia Miembro.
2. La CITCA tiene su propio rito para la Celebración del
Sacramento de la Eucaristía, para celebrar las festividades de nuestra Comunión
y en los encuentros oficiales de la CITCA, que consta de los siguientes pasos:
CREDO APOSTÓLICO, Celebración de la Palabra (centrada en el NT), Celebración de
la Reconciliación y saludo fraterno, Reflexión, Presentación del Pan y el Vino,
Imposición de manos y Epíclesis, Consagración (Lectura de la primera carta de
los Corintios 11, 23-26), Comunión, Padre nuestro, y Bendición - Envío.
Capítulo
VIII: SOBRE LA INCORPORACIÓN DE UN MINISTRO O MINISTRA CONSAGRADOS ENTRE
IGLESIAS MIEMBRO
Artículo
15: Sobre la
incorporación
·
Cualquier Iglesia Miembro ante la petición de
incorporar a un ministro consagrado o una ministra consagrada, debe pedir carta
de la Iglesia saliente, y la carta de petición con el motivo por cual se retira
y el motivo porqué se quiere incorporar a otra Iglesia Miembro de la comunión.
Capítulo
IX: ASPECTOS NO CONTEMPLADOS EN ESTE ACUERDO
Artículo
16: Sobre lo no legislado
·
Todos los aspectos vinculados a la Comunión y
que no estén contemplados en estos estatutos, serán presentados a la
Coordinación de la CITCA para ser tratados en un sínodo.
Artículo
17: Reforma
del Estatuto
·
Todo agregado o modificación a este Estatuto
deberá ser aprobado por los 2/3 de las Iglesias Miembro, presentes en el Sínodo
que se trate este tema.
Artículo
18: Sistema
de votación
·
Cada Iglesia que pertenece a Comunión tiene
derecho a un voto, para cualquier otra votación de la Coordinación de la CITCA,
se considera mayoría los 3/5 de las Iglesias Miembro.
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